México elimina el anonimato en la telefonía móvil con un nuevo padrón obligatorio

Última actualización: diciembre 14, 2025
  • Desde el 9 de enero de 2026, toda línea móvil en México deberá estar vinculada a una persona física o moral mediante documentos oficiales.
  • Las compañías dispondrán de 30 días para habilitar las plataformas de registro y de 120 días hábiles para completar la vinculación de todas sus líneas.
  • Las líneas no registradas serán suspendidas: solo podrán llamar a emergencias y a servicios de atención hasta que se regularicen.
  • El padrón busca combatir la extorsión y el fraude telefónico, aunque plantea dudas sobre costes, privacidad y posible impacto en tarifas.

Registro obligatorio de líneas móviles

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ha dado luz verde a una de las reformas más profundas del sector móvil en México: a partir de enero de 2026, el país pondrá en marcha un padrón nacional de líneas de telefonía celular que acabará, en la práctica, con el uso anónimo de tarjetas SIM. Toda línea deberá estar vinculada de forma verificable a una persona física o moral.

La medida se encuadra en una estrategia más amplia de seguridad pública y lucha contra la delincuencia, especialmente contra la extorsión y el fraude telefónico. El nuevo esquema obligará a recopilar y validar datos de identidad de millones de usuarios, un proceso que, según la propia CRT, se hará bajo reglas de protección de datos personales similares a las que ya se aplican en los contratos de pospago.

Cómo funcionará el nuevo padrón de telefonía móvil en México

El núcleo de la reforma es claro: ninguna línea móvil podrá operar sin estar asociada a un titular identificado. La CRT ha aprobado unos lineamientos que obligan a los operadores a vincular cada número —ya sea de prepago, pospago, SIM física o eSIM— con una identidad oficialmente reconocida.

De acuerdo con el organismo regulador, el padrón entrará en vigor el 9 de enero de 2026. Desde esa fecha, todas las compañías que presten servicio en territorio mexicano deberán asegurarse de que cada línea cuente con la información de su propietario o representante legal debidamente registrada en sus sistemas.

La CRT subraya que este nuevo padrón no pretende crear una base de datos pública centralizada, sino formalizar y homogeneizar el registro que las compañías ya realizan para los servicios de pospago, extendiéndolo de forma obligatoria a prepago y a cualquier otra modalidad que opere en el país.

El regulador sostiene que esta política se inspira en prácticas internacionales orientadas a fortalecer la confianza en la telefonía móvil y a mejorar la trazabilidad de las comunicaciones cuando hay una investigación judicial de por medio.

Fechas clave: inicio del registro y plazos para usuarios y operadores

La hoja de ruta diseñada por la CRT establece una secuencia de implementación con plazos definidos tanto para las empresas como para los clientes. Esto convierte el primer semestre de 2026 en un periodo especialmente sensible para el sector.

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En primer lugar, los lineamientos fueron aprobados por unanimidad por el pleno del regulador y su publicación en el Diario Oficial de la Federación marcó su entrada en vigor. A partir de ahí se activan los tiempos internos para el despliegue técnico y el registro masivo de usuarios.

Las grandes operadoras —Telcel, AT&T, Telefónica (Movistar) y Altán Redes— dispondrán de un plazo inicial de 30 días para desarrollar, adaptar e instalar las plataformas tecnológicas necesarias. Estas herramientas servirán para recabar, validar y almacenar los datos de los titulares de las líneas móviles.

Completada esa fase técnica, comenzará el tramo decisivo: un periodo de 120 días hábiles para que las compañías terminen de registrar la totalidad de las líneas activas en sus redes. Si se tienen en cuenta ambos plazos, la fecha límite para que los usuarios cumplan con el trámite se sitúa aproximadamente en junio de 2026, momento a partir del cual se empezará a suspender el servicio de las líneas no vinculadas.

Qué datos y documentos serán obligatorios para registrar una línea

Para cumplir con la nueva obligación, los usuarios deberán aportar documentación oficial que permita comprobar su identidad. La CRT ha detallado el tipo de información requerida según el perfil del titular de la línea.

En el caso de las personas físicas mexicanas, el registro se basará en dos elementos principales: la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una identificación oficial vigente, que podrá ser la credencial de elector o el pasaporte. Estos datos se utilizarán para vincular de forma inequívoca la línea al usuario.

Para los extranjeros que utilicen líneas mexicanas, el documento clave será el pasaporte. En el caso de las personas morales, además de la información básica del representante legal, se exigirá el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la documentación que acredite la existencia legal de la entidad.

Las empresas de telecomunicaciones podrán recabar esta información a través de centros de atención al cliente, canales digitales o plataformas específicas de registro que deberán habilitarse durante el periodo de adaptación. El proceso se asemejará al que ya se realiza para la contratación de un plan de pospago, pero se ampliará al conjunto del parque de líneas activas, incluidas las de prepago.

Qué pasará con las líneas que no se registren a tiempo

Uno de los puntos más sensibles del nuevo esquema es el régimen de consecuencias para quienes no completen el trámite. La CRT ha sido explícita: las líneas que no queden vinculadas a una identidad dentro del plazo previsto serán suspendidas.

De acuerdo con los lineamientos, pasado el tiempo máximo de 120 días hábiles desde el inicio del registro, los operadores deberán interrumpir el servicio de llamadas, mensajes y datos móviles de aquellos números que sigan sin titular identificado. Es decir, no será posible utilizar la línea de manera regular.

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La normativa contempla, no obstante, que las líneas suspendidas conserven durante ese periodo limitado la capacidad de realizar llamadas a números de emergencia, servicios de atención ciudadana y el propio servicio de atención al cliente del operador para gestionar el alta correcta.

Antes de aplicar la suspensión, las compañías estarán obligadas a informar de forma reiterada a los usuarios mediante mensajes SMS y otros canales de aviso. Estas comunicaciones deberán recordar de manera clara que es necesario completar la vinculación de la línea para evitar el bloqueo.

En el caso de que el usuario decida regularizar su situación después de la suspensión, podrá recuperar el uso pleno del número siempre que proporcione la documentación requerida y que el operador así lo contemple en sus políticas comerciales.

Objetivo declarado: combatir extorsiones y reforzar la seguridad

El impulso de este padrón responde, según las autoridades, a la necesidad de reducir el uso de líneas anónimas en la comisión de delitos. La extorsión telefónica y el fraude a través de llamadas y mensajes son algunos de los delitos que el gobierno federal asocia directamente a la facilidad con la que se han podido adquirir SIM sin identificación.

Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública apuntan a miles de víctimas de extorsión en apenas unos meses, una cifra que se interpreta como indicio del peso que tienen las comunicaciones móviles en la actividad delictiva. El regulador sostiene que la trazabilidad de las líneas registradas facilitará la labor de investigación y desincentivará la compra de chips para usos ilícitos.

La CRT enmarca la medida en un discurso que apunta a la “recuperación de la confianza en la telefonía móvil”. La idea es que, al reducir el anonimato, sea más difícil que actores malintencionados operen desde la sombra y se aprovechen de vacíos regulatorios o de la venta informal de tarjetas SIM.

No obstante, diversos análisis advierten de que registrar masivamente millones de líneas no garantiza, por sí solo, una caída automática de los delitos. En el debate público ya se plantean interrogantes sobre la eficacia real del padrón frente a organizaciones criminales que podrían adaptarse o buscar vías alternativas.

Impacto económico, técnico y en la privacidad de los usuarios

El despliegue de este registro nacional implica un esfuerzo notable para el sector. La propia CRT ha calculado que la inversión total podría superar los 4.053 millones de pesos, una cifra que engloba el desarrollo y operación de plataformas, así como la validación de identidades.

Según las estimaciones difundidas por el regulador, unos 22 millones de pesos se destinarán al desarrollo tecnológico de la infraestructura necesaria, mientras que alrededor de 4.031 millones de pesos corresponderán a los procesos de verificación de identidad y gestión del padrón en sí.

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Este coste adicional abre la puerta a posibles ajustes en las tarifas de telefonía móvil. Aunque la CRT no ha anunciado incrementos de precios, algunas voces del sector anticipan que parte del esfuerzo económico podría trasladarse, directa o indirectamente, a los usuarios en forma de nuevas condiciones comerciales.

En el plano de la privacidad, el regulador insiste en que los datos recabados permanecerán bajo custodia de los operadores, en cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. La autoridad pública no tendría acceso directo al padrón, sino únicamente mediante solicitudes específicas en el marco de investigaciones o procesos legales.

Pese a estas garantías, organizaciones civiles y expertos en protección de datos señalan que un registro tan amplio siempre conlleva riesgos, tanto por posibles brechas de seguridad como por usos indebidos de la información si no se aplican controles y auditorías rigurosas.

Usuarios obligados a registrarse y recomendaciones prácticas

La obligación de vincular las líneas no se limita a nuevos contratos: aplica a todos los usuarios de telefonía móvil que operen en México, con independencia de la modalidad de su servicio o del origen de la tarjeta SIM.

Quedan incluidos en este esquema los clientes de planes de prepago y pospago, los titulares de SIM físicas y eSIM virtuales, así como quienes utilicen chips adquiridos en el extranjero pero que se conecten a redes mexicanas mientras estén en el país.

También deberán cumplir las empresas que gestionan líneas corporativas, que tendrán que identificar y registrar debidamente los números que ponen a disposición de sus empleados o colaboradores. En su caso, será necesario aportar la documentación fiscal y legal correspondiente.

Para evitar contratiempos, la recomendación general es que los usuarios verifiquen con su operador si su línea ya figura como asociada a una identidad —algo habitual en contratos de pospago— y, si no es así, que se preparen para el registro reuniendo con antelación la CURP y la identificación oficial necesaria.

Las compañías, por su parte, enviarán avisos periódicos a los clientes cuyas líneas sigan sin datos completos, recordando la obligación de cumplir el trámite y los posibles efectos de no hacerlo dentro de los tiempos establecidos.

Con este nuevo padrón, México da un paso decidido hacia un modelo de telefonía móvil completamente identificada, en el que la compra y el uso de una línea ya no podrán hacerse de forma anónima. La apuesta persigue mejorar la seguridad y la trazabilidad de las comunicaciones, pero al mismo tiempo plantea retos sobre costes, inclusión digital y protección de datos personales que seguirán muy presentes a medida que se acerque 2026.

Registro de Usuarios de Telefonía Móvil
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